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Noticias | 26 abr 2013

Diputados aprueban Ley para prohibir la exploración sísmica off shore 2D y 3D


Con modificaciones, y el acompañamiento de trabajadores del sector pesquero, los diputados del Partido Justicialista y la UCR aprobaron la iniciativa impulsada por el legislador Rubén Contreras. Esperan una rápida promulgación por parte del Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta el antecedente ocurrido en el año 2009. Luego de un extenso debate, y con el acompañamiento de los trabajadores marineros provenientes de Caleta Olivia y Puerto Deseado, la Legislatura Provincial aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley tendiente a prohibir en aguas provinciales la exploración sísmica off shore “cuya intensidad supere los 120 decibeles, que utilicen detonaciones submarinas en las formas 2D y 3D en la Cuenca del Golfo San Jorge”, impulsada por el presidente del Bloque Justicialista, Rubén Contreras. En ese sentido, luego de su sanción, Contreras señaló que “la verdad que después de un prolongado debate hemos coincidido en la necesidad de aprobar esta norma legal, que servirá para defender y preservar la fuente de trabajo que poseen nuestros vecinos de Caleta Olivia y Puerto Deseado, y que desarrollan su tarea diaria en la actividad pesquera”. Además, agradeció “el acompañamiento de los trabajadores marineros provenientes de las ciudades portuarias de Caleta Olivia y Puerto Deseado, quienes recorrieron mas de 700 kilómetros en la búsqueda de una norma legal que resguarde su fuente laboral”, explicando que “más de 800 trabajadores llegaron a la Legislatura Provincial, a quienes reconozco este esfuerzo y felicitándolos por la manera de defender su derecho a trabajar”, para luego manifestar que “estoy muy gratificado debido a la aprobación de la Ley, la cual se aprobó por unanimidad”. A los efectos de brindar detalles respecto del tratamiento parlamentario, el legislador caletense señaló que “si bien el presente proyecto de Ley es de mi autoría, fui acompañado por mis pares de bancada Leonardo Álvarez, Alexis Quintana y Roberto Fernández, además de la legisladora radical Estela Bubola, pero - nobleza obliga - debo agradecer a cada uno de los legisladores que componemos este honorable cuerpo legislativo provincial, por su acompañamiento y compromiso de manera positiva para con esta norma legal”. En ese sentido, Contreras señaló que “fue una iniciativa que surgió luego de escuchar la preocupación que manifestaron los trabajadores del sector pesquero y con el antecedente registrado en el año 2009, donde luego de diversas exploraciones sísmicas off shore de estas características efectuadas por la firma Pan American Energy, el recurso desapareció, perjudicando de esta manera una actividad cuyo mayor epicentro se desarrolla en la zona norte de Santa Cruz, específicamente en Caleta Olivia y Puerto Deseado”. Finalmente, el diputado consideró que “tenemos que ser responsables en la forma en que se explotan nuestros recursos, algo que han entendido de manera rotunda mis pares en la Legislatura, por lo que a partir de esta sanción, esperamos que el Poder Ejecutivo promulgue de manera inmediata esta Ley, y se ponga a trabajar en consecuencia”.  Sobre el proyecto Con la sanción de esta Ley, además de la prohibición de la exploración sísmica off shore 2D y 3D que supere los 120 decibeles, se señaló que se autorizará “exclusivamente la exploración de hidrocarburos por medio de estudios que no afecten la biodiversidad marina, el lecho marino y las actividades pesqueras”, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Nº 2658, que rige en materia de Evaluación de Impacto Ambiental. Además, en su Artículo tercero, se crea una Junta Técnica para la aprobación de Estudios de Impacto Ambiental que se presenten con motivo de la exploración de hidrocarburos en aguas del dominio público provincial, dependiente de la Subsecretaria de Medio Ambiente de la provincia, autoridad de aplicación de la presente ley, la que estará conformada por un representante de la empresa interesada en la exploración hidrocarburífera, un representante del Poder Ejecutivo Provincial, un representante de los Consejos Municipales Pesqueros de cada una de las localidades costeras; un representante del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz; un representante de la Subsecretaría de Medio Ambiente; un representante de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias; el Presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería, Recursos Naturales y Medio Ambiente de la Honorable Cámara de Diputados, además de un representante de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral, como así también un representante técnico, oceanógrafo, licenciado o doctor en física o ingeniero en sonido y/o geólogo especialista en sonido. Esta Junta tendrá a su cargo la confección de una Guía de Procedimiento, que establecerá las bases mínimas para evitar el impacto ambiental de la exploración hidrocarburífera sobre la biodiversidad marina, además de “ordenar los estudios que considere necesarios, mediante un dictamen fundado, bajo la responsabilidad de la empresa interesada en la exploración hidrocarburífera”. Por otro lado, también se crea un “Plan de Contingencia, Mitigación, Remediación y/o Compensación”, para el caso en que se produjera daño ecológico en el medio ambiente a partir de la exploración en aguas nacionales en virtud del alcance con las aguas contiguas; además de la contratación, de carácter obligatorio, de un Seguro de recomposición Ambiental, de conformidad a la ley 2658 y su decreto reglamentario, en “el caso de que las exploraciones hidrocarburíferas se realicen en aguas de jurisdicción nacional y que se produzca un daño ambiental en las aguas dominio público Provincial”. Finalmente, a través de esta Ley, modificó el artículo 4° de la Ley 2727, en lo que respecta a la exploración off shore, la que será autorizada por la Autoridad de Aplicación únicamente cuando los mismos produzcan cero impacto ambiental, debiendo los permisionarios o concesionarios entregar a la Autoridad de Aplicación toda la información técnica generada acerca de las áreas adjudicadas. Cabe destacar que la vigencia de esta ley, una vez promulgada por el Poder Ejecutivo, “será de aplicación a los permisos o peticiones de autorización para realizar investigaciones, prospecciones o explotaciones que estén actualmente en trámite. En caso de autorizaciones otorgadas, antes de la entrada en vigencia de la presente ley, serán suspendidas hasta su adecuación a los requerimientos mínimos de la presente ley”, señala el proyecto.    
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