sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº4455

Noticias | 19 nov 2015

Bustamante salió a cruzar al periodista Loubet-Jambert por una nota publicada en Fis


A través de una extensa gacetilla enviada a los medios especializados, el Subsecretario de Pesca de la Nación, Miguel Bustamante, le contestó al periodista del portal  Fis,  Andrés Loubet-Jambert  quien la semana pasada escribió una nota de opinión titulada "Filmus, Bustamante, Malvinas y ojalá hubiera más Benegas en Argentina",  (link: http://fis.com/fis/people/?article_id=63&l=s&page=1). A continuación el texto completo del comunicado Sr. Andrés Loubet-Jambert Co-Founder & Publisher Fish Info & Services Co. Ltd He leído su articulo, el que me fue enviado por el Sr. Juan Benegas, y luego de releerlo varias veces, no logro salir de mi asombro, frente a las inexactitudes y falsedades que demuestran su absoluto desconocimiento de los expedientes en trámite y del derecho aplicable en la materia, impropios en una publicación de una revista de divulgación internacional. En los 4 años de mi gestión en la Subsecretaria de Pesca de la Argentina he recibido muchas críticas, como resulta usual en estos casos, muchas de ellas han derivado en soluciones para el sector, es decir, han sido constructivas, y siempre considero que se deben escuchar todas, aunque no nos gusten a veces su contenido. Pero su articulo contiene una suma de errores de conocimiento y contenido, que es la primera vez en 4 años –reitero- que contesto públicamente un articulo para esclarecer la situación, e informar debidamente acerca de un tema de extrema sensibilidad para la Argentina. En primer lugar, NO EXISTE UN SOLO PEDIDO SUYO, o de alguien que lo represente, o del medio al cual Ud. pertenece, para tomar conocimiento directo de los dos (2) expedientes en trámite, acerca de los cuales escribe, los que en su conjunto, totalizan más de 1000 fojas en la actualidad, razón por la cual, me parece de una irresponsabilidad mayúscula que Ud. se pronuncie acerca de actuaciones que ni siquiera ha consultado. En reiteradas oportunidades, en estos 4 años, el medio periodístico que Ud. cofundó, ha efectuado diversas consultas acerca de temas de variada entidad por distintos medios, y siempre se le han respondido satisfactoriamente. Es muy llamativo, que si lo que se persigue es informar acerca de un tema con implicancias que hacen a la cuestión Malvinas, no se haya procedido del mismo modo. Entiendo que un periodista competente, para informar, primero debería informarse debidamente, eso es lo que yo creo, y lo que he hecho en mis 27 años como abogado, no hablar de un expediente si no lo conozco. En segundo lugar, esto SI puede hacerlo por internet, ingresando en www.minagri.gob.ar o en www.cfp.gob.ar , o en www.infoleg.gob.ar, es leer la Ley Federal de Pesca Nro. 24.922, por que es evidente que no la ha leído NI UNA SOLA VEZ, de lo contrario hubiese advertido que el Subsecretario de Pesca y Acuicultura NO TIENE NINGUNA FACULTAD LEGAL PARA DICTAR NINGUNA RESOLUCION, con lo cual su FIRMA NO TIENE NINGUNA RELEVANCIA LEGAL, ese es el motivo legal por el cual se me impide tomar cualquier decisión. La AUTORIDAD COMPETENTE para resolver es el Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, ASI LO DICE LA LEY, la que Ud. podrá consultar en esos tres (3) sitios que le he indicado (en rigor de verdad, debió haberlo hecho antes de escribir su artículo), cargo que en la actualidad ejerce el Dr. GABRIEL DELGADO. Quien suscribe, más allá de sustanciar los expedientes, lo que ha sido hecho en los tiempos procesales que establece la ley, NADA PUEDE HACER PARA RESOLVERLOS CUANDO LA PROPIA LEY NO LO AUTORIZA A HACERLO. Por el contrario, porque la ley así me lo faculta, tras la aprehensión durante mi gestión de cinco (5) embarcaciones que se encontraban pescando en forma ilegal en la zona económica exclusiva nacional, se tramitaron los sumarios correspondientes, se impusieron las sanciones legales pertinentes, las que fueron firmadas por el suscripto, y se percibieron las multas aplicadas por casi tres millones de dólares. Los procedimientos, en todos los casos, no superaron los siete (7) meses de tramitación, siendo liberados los buques una vez que cumplieron con la totalidad de las sanciones impuestas. En tercer lugar, debiera saber Ud. (cuando consulte personalmente los expedientes lo comprobará) que ambos han finalizado su etapa instructiva, y así lo ha dejado perfectamente sentado el Dictamen del área LEGALES, emitido por la Dra. Pederiva, el día 2/11/2015. 1.- En el primer expediente, el que se originó en la denuncia formulada por el Sr. Juan BENEGAS, en el que se investiga la violación al articulo 27 bis de la Ley 24.922, en ese marco y con las pruebas colectadas se notificó a la firma PESANTAR S.A., quien se presentó en legal tiempo y forma, y realizó su Descargo. Como consecuencia del mismo, la firma NISSUI fue citada, y también en legal tiempo y forma, realizó una presentación, cuyos alcances deberán valorarse al momento de dictar la resolución que ponga fin a este expediente administrativo. Este expediente ha culminado todo su procedimiento administrativo, se han recolectado todas las pruebas, se han escuchado a las firmas involucradas, respetando el derecho de defensa y el debido proceso, ambos de estatura constitucional. La presentación de la firma NISSUI solo podrá resolverse al momento de dictar la resolución que ponga fin al sumario, lo que debe quedar perfectamente aclarado. 2.- En el segundo expediente, se investiga la conducta y los hechos desarrollados por el Buque UNION SUR, motivo de la denuncia del Sr. Benegas, por la supuesta actividad violatoria del art.27 bis de la Ley Federal de Pesca, buque que, de acuerdo a las constancias del primer expediente pertenecería a la firma chilena EMDEPES. Este expediente tramitó por ante la Prefectura Naval Argentina, por la naturaleza de las pruebas que eran necesario producir, y por la competencia que dicho Organismo posee, y también, así lo ha señalado el Dictamen de LEGALES de fecha 02/11/2015, se encuentra concluido. Esto significa que se ha comprobado que el Buque UNION SUR operó efectivamente en la zona de Malvinas a velocidades compatibles con actividades de pesca. Ahora bien. En el derecho argentino NO SE PUEDE CONDENAR A NADIE SIN SER OIDO EN UN PROCESO QUE GARANTICE SU DERECHO DE DEFENSA, de la Revolución Francesa para acá, es decir 1789-2015, nadie duda de la vigencia de tal principio reconocido en la ley suprema de la Nación, razón por la cual corresponde citar y escuchar a EMDEPES antes de resolver los dos expedientes, cuyas etapas probatorias –reitero- se encuentran concluidas, lo que ha sido ratificado por el dictamen legal de la Dra. Pederiva. Para que se entienda claramente, corresponde notificar a EMDEPES, otorgándole un plazo de 10 días para que haga uso de su derecho a formular su descargo, producido el mismo o transcurrido ese plazo, los dos expedientes quedarían en condiciones de resolverse, ESTABLECIENDO LAS SANCIONES QUE CORRESPONDAN A QUIÉN CORRESPONDA. Este procedimiento es común a todos los expedientes que tramitan por ante la Subsecretaria a mi cargo, y se aplica desde una infracción leve por omitir un acta de artes de pesca hasta un apresamiento in fraganti en la Zona Económica Exclusiva y/o actividades de pesca en zonas de veda, que son consideradas graves por la ley. En definitiva, no es posible, bajo ningún concepto, y más allá de los caprichos o interpretaciones torcer el texto de la ley, NO SE PUEDE APLICAR LA LEY, VIOLANDOLA. Esta es la síntesis de lo actuado, con la más plena legalidad en ambos expedientes, y que pueden consultar todas las personas y todos los periodistas serios y profesionales que quieran estudiar, analizar y opinar acerca del tema. Quien tenga que resolver lo hará con todas las pruebas colectadas, y puede estar tranquila la comunidad pesquera internacional, que una vez culminado el proceso legal aplicable en el caso de EMDEPES –notificación, descargo o transcurso del plazo de 10 días-, como lo dictamino el área de Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se dictarán las sanciones que legalmente procedan. El Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Dr. Gabriel Delgado, que es la autoridad que debe resolver, ha ratificado todos los procedimientos y ajustará sus decisiones –como corresponde- al Dictamen producido por el área de Legales, y así me lo ha transmitido.   Formuladas todas las aclaraciones que corresponden acerca de todas las cuestiones técnico-legales como se ha hecho ut supra, entiendo una necesidad y para mí, mi familia y las personas que han llevado adelante estos procedimientos, le manifieste mi respuesta –Ud. me otorga ese beneficio, lo que agradezco- a las adjetivaciones personales o funcionales que me ha dirigido. Debo decir en primer lugar, Ud. no tiene la obligación de saberlo, que tengo 54 años, cuando tenia 4 años perdí a mis padres y hermana en un accidente al que sobreviví con innumerables secuelas, trabajé y estudie desde muy pequeño, egresando de todos los colegios y universidades con las mejores calificaciones, fui docente universitario durante más de 10 años, obteniendo los cargos por concurso, y ejercí la profesión de abogado durante 25 años, NO NECESITO QUE SCIOLI O NINGUNA OTRA PERSONA ME PREMIE CON UN CARGO QUE NO NECESITE, NI NECESITO EN MI VIDA. Solo he asumido y cumplido con la responsabilidad de ser Subsecretario de Pesca de la Argentina estos 4 años, porque consideré que tenía las capacidades profesionales para hacerlo, y el día 10 de diciembre de 2015 volveré a mi casa, con mi esposa e hijos, con mis amigos de toda la vida y retomaré mis ocupaciones con la misma normalidad que he vivido hasta ahora. En segundo lugar, NO HE SUFRIDO PRESIONES DE NINGUNA ESPECIE, mucho menos órdenes de actuar en ningún sentido, le reitero, en primer lugar, PORQUE NO SOY YO QUIEN RESUELVE, y además, PORQUE SIEMPRE HE DECIDIDO EN LA VIDA DE ACUERDO A MIS CONVICCIONES, Y CUANDO SE ESTA CONVENCIDO DE ALGO, LAS PRESIONES NO EXISTEN Sr. Loubet - Jambert. En tercer lugar, entiendo que mi competencia para el cargo que he ejercido ha sido y será evaluada por los trabajadores, los empresarios del sector, por mis compañeros de trabajo en estos 4 años, y por organismos como la FAO que han reconocido la importancia y eficacia de las políticas implementadas, y finalmente, los años venideros serán los mejores jueces acerca de los frutos de las medidas que hemos tomado en estos años. Debe entender además, que la causa de las Islas Malvinas, no tiene un propietario exclusivo, es de todos los habitantes de la República Argentina, por lo que no tenga ninguna duda que con posterioridad al cumplimiento de mi gestión, seguiré personalmente la causa que he instruido, en la cual se han recolectado todas las pruebas que hacen a la acreditación de la denuncia efectuada por el Sr. Benegas, con el objetivo que el proceso culmine y las sanciones se apliquen. Por último, Ud. señala que debería renunciar, en verdad, luego de leer su articulo y la suma de inexactitudes, más bien, el desconocimiento de las normas legales y de los expedientes en trámite, la poca seriedad en el tratamiento de un tema tan trascendente para nuestro país, por el respeto que Ud. no ha tenido conmigo me reservo humildemente mi opinión. Sin embargo, para finalizar, una certeza y una coincidencia. La primera, Ud. afirma: “Puedo estar mal informado, en cuyo caso toda esta situación que describo podría superarse muy fácilmente con otro tipo de información que solo estos funcionarios podrían facilitar.”(sic), acertó Sr. Loubet – Jambert, Ud. debió decir, que NO estaba debidamente informado, pero que no le avergüenza opinar sin saber, aunque debe rescatarse que conserva cierta honestidad intelectual cuando por lo menos previene a sus lectores de su falta de trabajo en la investigación de un tema tan importante. Y en cuanto a la coincidencia, la única que tengo con Ud., es cierto que hacen falta en la Argentina más Juan Benegas, pero si esta Subsecretaría no hubiese impulsado y concretado la modificación del articulo 15 de la antigua Resolución 514/2009, por la Resolución SAGYP 39/2014, publicada en el B.O. con fecha 12 marzo de 2014, la denuncia del Sr. Benegas no hubiera tenido ningún asidero legal, y conductas como éstas seguirían impunes en la República Argentina. Esta Resolución también la puede consultar en los sitios que le he indicado. Dado que Ud. sin quererlo, me ha dado la oportunidad de mostrar todo lo hecho con relación a esta denuncia, daré publicidad a la presente en los medios nacionales e internacionales en la materia. Sin otro particular, saludo a Ud. con la consideración mas distinguida, al aguardo de la publicación de la presente en vuestro medio, tal como Ud. lo promete en su artículo, lo que permitirá esclarecer debidamente la situación existente. Dr. Néstor Miguel Bustamante Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación    
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