viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº4433

Noticias | 8 ago 2014

Amplían nueva zona para la pesca del langostino


El CFP decidió autorizar la apertura a la pesca de langostino en toda el área prospectada en aguas de jurisdicción nacional (comprendida entre los paralelos 44° y 45° S y los meridianos 64 y 61°30’ W), a partir de la hora 0:00 de hoy viernes 8 de agosto.
La decisión  fue tomada en la sesión de ayer tras los resultados expuestos por el INIDEP sobre la prospección realizada por buques tangoneros entre los paralelos 44° y 45° de latitud Sur y los meridianos 64 y 61°30’ de longitud Oeste.
De la misma surge que los rendimientos de langostino en términos de captura media por buque por día oscilaron entre 8 y 14,7 t/día, con una CPUE media por buque por día que fluctuó entre 1.640 y 10.630 kg/h de arrastre efectivo. La relación merluza/langostino media diaria fluctuó entre 0,03 y 0.23. Las tallas de los langostinos capturados fueron de aproximadamente L1 (40%), L2 (44%), L3 (10%) y L4 (6%). En base a estos resultados el INIDEP recomienda la apertura a la pesca en el área prospectada.
Amarillos
En relación con la prospección autorizada para la flota compuesta por embarcaciones menores a 21 m de eslora, dispuesta en el punto 4.1. del Acta CFP N° 26/14, la Autoridad de Aplicación informa que la misma se ha prolongado debido a las malas condiciones climáticas.
Por Nota INIDEP DNI N° 145/14, remitida a la SSPyA en respuesta a la consulta que le fuera formulada en relación con la solicitud de los armadores de flota menor a 21 m de eslora con asiento en Puerto Rawson sobre una posible modificación del límite norte de la zona habilitada para la prospección de langostino, en el área comprendida entre los 44° y 45° S desde la línea de jurisdicción provincial hasta los 64°W, se informa que no hay razones biológicas que impidan la modificación de dicho límite con el objeto de prospectar las posibles concentraciones de langostino y fauna acompañante hacia el norte de los 44° S y hasta los 43°05’ S.
En función de lo expuesto, se decide por unanimidad autorizar la ampliación geográfica del área de prospección decidida en el punto 4.1. del Acta CFP N° 26/14 hasta los 43°05’ de latitud Sur, a partir de la hora 0:00 del viernes 8 de agosto próximo.
Asimismo se autoriza a la Autoridad de Aplicación para que, en el caso que la prospección en marcha finalice antes de la próxima sesión del CFP, y en función de los resultados de la misma que informe el INIDEP, proceda a la apertura o cierre del área prospectada conforme las recomendaciones del Instituto.
A continuación se instruye a la Coordinación Institucional para que comunique la decisión a la DNCP y al INIDEP.
 
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