jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº4432

Noticias | 9 may 2018

Se conoció un borrador del plan de manejo del langostino con fuertes restricciones a la flota fresquera


Pese a la resistencia de los armadores de buques fresqueros para que no se realicen cambios en la explotación del recurso, trascendió que el nuevo plan de manejo del langostino establece un peso límite de 15 kilogramos por cajón prohibiendo además el empleo de cajones que por su cubicaje permitan la estiba de más de veinte kilogramos de langostino. Si bien el plan aún no se aprobó circuló en las últimas horas un borrador que tendría el beneplácito de la mayoría de los integrantes del CFP donde establece que los buques fresqueros tendrán un límite máximo de operación de setenta y dos horas (72) contadas entre el inicio efectivo de las operaciones de pesca y su regreso a puerto. Y cuando, entre la zona de pesca y el puerto de descarga hubiera una distancia que supere las 15 horas de navegación, el limite máximo entre el inicio efectivo de las operaciones de pesca y el arribo a puerto no podrá superar las 96 horas. Debiendo realizar abordo el tratamiento adecuado que mantenga la calidad y frescura del producto. Exportación en bloques Otro de los puntos que figura en el borrador, al que Mar&Pesca tuvo acceso es el referido a la producción en bloque, donde consigna que se recomendara a las Autoridades Nacionales y Provinciales que, en el plazo de tres años, arbitren los medios necesarios a fin de reducir la producción de los porcentajes que se exportan en bloque, hasta alcanzar el objetivo de que las exportaciones de bloque no superen el 20% de la captura total de fresco. Eslora y potencia de motor En cuanto a la eslora permitida: Para el caso de los buques fresqueros deberá contar con una eslora de hasta 40 metros y potencia máxima de motor principal de 2000 HP. Para el caso de buques congeladores, deberá contar con una eslora de hasta 40 metros y potencia máxima de motor principal de 2000 HP. En ese punto se aclara que la limitación de eslora enunciada no se aplicara a aquellos buques congeladores, con permiso de pesca vigente, que a la fecha de sanción de la presente norma posean una eslora 45 metros. Es decir que, según el borrador, los buques que a la fecha de la presente norma tenían el derecho a pescar langostino en virtud de alguna de las excepciones previstas , conservaran el derecho a pescar dicha especie, sin perjuicio de ello, en caso de reemplazar la embarcación por transferencia de permiso o por  reformulación de su proyecto pesquero, conservaran el derecho a pescar langostino en la medida en que el buque reemplazante no supere los 45 metros de eslora, en caso de ser un buque congelador, o los 40 metros, en caso de ser un buque fresquero.  Asimismo, deberán tener una potencia de motor principal de hasta 2000 hp. La eslora que se tendrá por válida a los fines es la constatada por la Prefectura Naval Argentina en los certificados de matrícula emitidos por dicha autoridad, conforme su propia reglamentación. 3.500 toneladas para las provincias En otro del los puntos del futuro plan de manejo, el CFP se compromete a compensar, en la medida en que no se permita la captura de langostino en el Golfo San Jorge, asignado a cada una de las Provincias indicadas un cupo social de tres mil quinientas (3.500) toneladas anuales, para que sean utilizadas por los buques que nominen. Dichos buques deberán desembarcar la totalidad de las capturas de langostinos en dichas provincias.                  
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