jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº4432

Noticias | 22 mar 2020

Preocupación en el sector por la publicación de un instructivo que frena las exportaciones pesqueras


El espacio Intercámaras elevó una nota al subsecretario de Pesca de la Nación, Carlos Liberman de carácter urgente donde le solicita que medie para que se deje sin efecto o se modifique la instrucción general IG-2020-1-E-Afip-SDGTLA dictada este viernes por la Subdirección General de Técnico Legal Aduanero que le pone un freno a las exportaciones pesqueras. A continuación, Mar&Pesca publica el texto completo de la misiva enviada a Liberman. Buenos Aires, 21 de marzo de 2020- Al Señor Subsecretario de Pesca de la Nación Dr. Carlos Liberman De nuestra consideración. Las cámaras pesqueras abajo firmantes, integrantes de la Intercamara de la Industria Pesquera Argentina, nos dirigimos a Usted en virtud de la crisis que vive el mundo y Argentina en particular provocada por el COVID-19. En primer lugar queremos manifestar que compartimos las medidas tomadas por el ejecutivo a través del DNU 297/20 que tienen como objetivo preservar ante todo la salud de la población, instrumentando el aislamiento social, preventivo y obligatorio y la circulación de personas, medidas que resultan imprescindibles, razonables con relación al riesgo sanitario que enfrenta el país.- Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud que el Poder Ejecutivo a través del art. 6 detallo las personas que quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, limitando sus desplazamientos al estricto cumplimiento de las actividades y servicios allí descriptos, el inc. 13 incluye nuestra actividad “producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca” y el inc. 15 “A las actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior”, nos es imprescindible que el Poder Ejecutivo tome las medidas necesarias para que esto sea viable. Entendemos que con los resguardos y protocolos que ya se han puesto en marcha se debe viabilizar la operatoria pesquera y máxime en estos tiempos, pues el país y el sector en particular atraviesa un situación económica, financiera y fiscal difícil, y la pesca es no solo una fuente importante de alimentos sanos, sino también de divisas y de impuestos –sin mencionar además que tenemos derechos de exportación-, por lo que se debe mantener la actividad a pleno sin descuidar la salud de todos.- Por todo lo anterior es que venimos a solicitar que por vuestro intermedio se deje sin efecto o se modifique la instrucción general IG-2020-1-E-Afip-SDGTLA dictada en el día de ayer por la Subdirección General de Técnico Legal Aduanero ya que si bien manifiesta dentro de sus objetivos el de dictar instrucciones que permitan cumplir adecuadamente con los objetivos propuestos por el gobierno nacional, limita a las operaciones y/o destinaciones de exportación, exclusivamente aquellas que resulten impostergables por tratarse de mercadería perecedera, con estacionalidad o que no resulte posible su acopio. De esta forma se frena la operatoria pesquera en su totalidad al considerar alcanzadas una actividad que el ejecutivo exceptuó, ya que si bien el DNU habla de impostergables hay infinidad de motivos además de que sea o no perecedero para ser considerados impostergables. Sin mencionar además que si no exportamos no tenemos ingresos y se corta toda la cadena de pagos y toda la operatoria pesquera.- Las cámaras firmantes, entienden, que tomando los recaudos para preservar la salud del personal aduanero y afectando al personal mínimo indispensable se puede operar en comercio exterior, en esa dirección va la disposición (Afip) 80/2020 al establecer como actividad y servicio esencial en la emergencia aquellas acciones de control y fiscalización vinculadas con la recaudación aduanera.- Paralizar la operatoria en el ultimo eslabón de la cadena producción-comercialización, es desconocer los inconvenientes operativos que ello traería para el sector, ya que los barcos que se encuentran al día de hoy en ZEE siguen pescando, los buques tienen una autonomía que los obliga a entrar en algún momento a puerto y las plantas tienen una capacidad de frio y procesamiento limitada, que se verá afectada sino pueden despachar la mercadería en stock, todo ello sin tener en cuenta lo financiero, ya que sino se tienen recursos es imposible que las empresas del sector hagan frente a los salarios según lo prevé la Res. (MTESS) 219/20.- Sumado a este inconveniente con la Administración Nacional de Aduanas surgió ahora además que las administraciones portuarias locales de los distintos puertos del litoral marítimo han decidido interrumpir/suspender/limitar sus actividades. Asimismo y como es de su conocimiento algunos gremios también han decidido no trabajar aun habiendo protocolos de trabajo consensuados. Es por todo lo expuesto, que los abajo firmantes solicitan a Ud. implementar las medidas necesarias y claras para que el comercio de los productos de la pesca no se paralice en ninguno de sus eslabones.- Sin otro particular saludamos a Usted con la consideración más distinguida. INTERCAMARA DE LA INDUSTRIA PESQUERA ARGENTINA CEPA (Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas) CAPeCA (Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina CAPA Cámara de Armadores de Poteros de    Argentina) CAIPA (Cámara de la Industria Pesquera Argentina) CAABPA (Cámara Argentina de Armadores de Buques de Altura) AEPEC (Asociación de Embarcaciones de Pesca Costera) UDIPA (Union de Intereses Pesqueros Argentinos) CAFREXPORT (Cámara de Frigoríficos Exportadores de la Pesca) CAPIP (Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras) CAPA  (Cámara de Armadores de Poteros Argentinos)
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