viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº4461

Noticias | 26 ene 2015

El CFP le dio luz verde a Empesur para calzar un nuevo tangonero


La filial argentina de Dimarosa, podrá contar a partir de la nueva temporada de pesca del langostino con un nuevo barco tangonero,  se trata del Empesur VI, nave que tendrá como base el muelle de Puerto Deseado. Finalmente luego de mucho insistir el Consejo Federal Pesquero aprobó por unanimidad la solicitud de reformulación presentada por GRINFIN S.A. y EMPESUR S.A. respecto de los proyectos de pesca de los buques RASMUS EFFERSOE (M.N. 2703), MAGDALENA MARIA II (M.N. 02208) y EMPESUR VI a incorporar a la matrícula nacional, sujeto a los siguientes términos y condiciones: Extinguir el permiso de pesca y las autorizaciones de captura del buque MAGDALENA MARIA II (M.N. 02208),  perteneciente a la firma uruguaya Grinfin,  el que no podrá recibir otro permiso de pesca. Extinguir las autorizaciones de captura para especies no cuotificadas del buque RASMUS EFFERSOE (M.N. 2703), tamien perteneciente a Grinfin.  Autorizar la emisión de un permiso de pesca para el buque EMPESUR VI a incorporar a la matrícula nacional, con los datos técnicos detallados a fs. 63/66, con una autorización para la captura de hasta 750 toneladas de las especies no cuotificadas. Cabe acotar que de acuerdo al informe de la Dirección Nacional de Coordinación pesquera, el buque MAGDALENA MARIA II (M.N. 02208) posee un permiso de pesca vigente y se encuentra autorizado a la captura de todas las especies con exclusión de langostino, y que el promedio de captura de especies no cuotificadas en los tres mejores años arroja un total de 599 toneladas. Dicho informe detalla que el buque RASMUS EFFERSOE (M.N. 2703) posee un permiso de pesca vigente y se encuentra autorizado para la captura anual de hasta 5.919,65 toneladas de todas las especies permitidas, y que el promedio de captura de especies no cuotificadas en los tres mejores años arroja un total de 843 toneladas. Por lo tanto “en atención a lo solicitado y a lo informado por la DNCP, se considera suficiente extinguir el permiso de pesca del buque MAGDALENA MARIA II (M.N. 02208), mantener el permiso de pesca (la habilitación para acceder al caladero) del buque RASMUS EFFERSOE (M.N. 2703) y autorizar la emisión de un permiso de pesca para el buque EMPESUR VI (a incorporar a la matrícula nacional). En lo que atañe a las autorizaciones de captura de especies no cuotificadas (las CITC poseen un régimen especial), corresponde extinguir las actualmente vigentes para los buques MAGDALENA MARIA II (M.N. 02208) y RASMUS EFFERSOE (M.N. 2703), y autorizar al buque entrante EMPESUR VI a la captura del promedio del historial de captura de los buques mencionados, con exclusión de las especies sometidas a la administración mediante CITC.”  
OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias