miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº4459

Noticias | 27 jul 2020

El Poder Ejecutivo remitió al Congreso el proyecto definitivo sobre modificación del Régimen de Infracciones y Sanciones de la Ley Federal de Pesca


Se trata de un Proyecto de Ley cuyo objetivo es ampliar y actualizar las multas por pesca ilegal que quedaron desactualizadas resultando aún más desfavorable para el Estado, y que no guardan proporción alguna con la  sanción  impuesta por la Autoridad de Aplicación con el propósito de desalentar las prácticas ilícitas por parte de los buques
Actualmente, el Régimen Federal de Pesca previsto en la Ley N° 24.922 y sus modificatorias, en su Capítulo XIII, titulado “Régimen de Infracciones y Sanciones”, establece el procedimiento para la ejecución de las infracciones y la determinación de las sanciones que puede aplicar la Autoridad de Aplicación, previa sustanciación del sumario correspondiente. A su vez, el artículo 51 de la Ley citada enumera las posibles sanciones a aplicar de acuerdo a las características del buque, la gravedad del ilícito y los antecedentes del infractor, disponiendo en su inciso b) que la sanción de multa oscilará entre los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) hasta la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000). Asimismo, dicha Ley especifica un agravamiento de los montos mínimos de las multas a aplicar cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin permiso, la multa mínima no podrá ser inferior a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000) y la máxima de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) y para cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin autorización de captura, y/o careciendo de una cuota individual de captura, así como la de pescar en zona de veda, la multa mínima no podrá ser inferior a PESOS TREINTA MIL ($ 30.000). De este modo el proyecto firmado por el presidente Alberto Fernández, el canciller Felipe Solá, el ministro de Agricultura y Pesca Luis Basterra, y el jefe de Gabinete de Ministros Santiago Cafiero, propone establecer un régimen variable sobre la base de unidades de valor denominadas Unidades  Pesca (UP) cuyo monto será equivalente a un (1) litro de combustible gasoil conforme lo que determine la Autoridad de Aplicación a los fines de establecer el procedimiento de fijación del valor en moneda de curso legal. Esta metodología permitirá contar con una normativa que no requiera de modificaciones sucesivas a partir de la pérdida de valor de la moneda.
A continuación el proyecto. [pdf-embedder url="http://www.marypescanoticiaspatagonicas.com/wp-content/uploads/2020/07/INLEG-2020-47027209-APN-PTE-1.pdf" title="INLEG-2020-47027209-APN-PTE (1)"]
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