jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº4460

Noticias | 19 sep 2022

La deuda de las pesqueras por el FAP superaría los 1.100 millones de pesos


La deuda de las empresas en concepto de Fondo Ambiental Pesquero -la ley que lo aplicaba fue derogada por la Legislatura el 1 de septiembre- superaría los 1.100 millones de pesos, según estimó el ministro de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, Roberto Jure. El Gobierno decidió una quita del 50% del total de los cálculos impagos de las pesqueras.

«Estamos terminando de cuantificar la deuda porque todavía nos siguen llegando los últimos certificados de carga de langostino hasta el momento en que se derogó la ley; estimamos una deuda de 1100 millones de pesos», dijo a FM EL CHUBUT el funcionario provincial.

Jure expresó que «las empresas deben realizar los convenios de pago de acuerdo a la nueva ley. Los fondos se coparticipan entre municipios y Provincia». Indicó que «el dinero ingresará directamente a Rentas Generales del Gobierno. Un 50% se distribuirá entre los municipios y la otra mitad se destinará a las arcas centrales. Ese porcentaje que recibe la provincia; un 20% se otorga a la Secretaría de Pesca y un 10% al Ministerio de Ambiente». Solo las pesqueras costearán el canon, ya que los trabajadores de la actividad quedaron exceptuados.

«Los convenios con las empresas se van a realizar hasta una quita de un 50%. Las pesqueras ya consultaron, y a ellas les estamos requiriendo la nota de adhesión a la ley para empezar a firmar los contratos individuales», expuso el funcionario.

Reseña

El impuesto al canon del langostino regía desde el 2018 para los puertos de Rawson, Puerto Madryn y Camarones, y si bien casi no tuvo aplicación, una resolución de Fiscalía de Estado había autorizado su cobro a principios de agosto, exceptuando a la estación marina de Comodoro Rivadavia. Después de una serie de medidas de fuerza con impacto directo en los puertos mencionados, el Parlamento, a requerimiento del Ejecutivo, derogó la ley.

La derogación señala que los sujetos que pretendan ser beneficiarios de lo dispuesto en la presente Ley deberán adherir a la modalidad de pago, renunciando en forma expresa a todo reclamo o acción judicial o administrativa presente o futura que tenga idéntico objeto al del convenio o consecuencias derivadas de su implementación.

Propone para la cancelación de la deuda el siguiente sistema de pago: un anticipo a cuenta de la deuda del 40%, en un plazo no mayor a 30 días hábiles, a contar desde el día inmediato posterior a la promulgación de la presente Ley, previa celebración del convenio de pago. También, el saldo restante podrá ser cancelado en un máximo de cinco cuotas mensuales y consecutivas, a pagar entre noviembre de 2022 y marzo de 2023.

La falta de pago durante más de 60 días de cualquiera de las cuotas indicadas hará fenecer el acuerdo implicando la obligación por parte de las autoridades de aplicación de la percepción de la totalidad de lo adeudado, conforme la deuda determinada de capital e intereses y que sirviera de base para el cálculo del convenio. (El Chubut)

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